Municipalidad de Coltauco
ARTÍCULO 34: La Oficina de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, tendrá las siguientes funciones: a) Velar por la eficiente recolección y la disposición final de la Basura domiciliaria, industrial y comercial. b) Velar por el aseo de las vías públicas y en general de los bienes municipales y nacionales de uso público existentes en la comuna. c) Realizar labores inspectivas en lo que dice relación con escombros en la vía pública por ejecución de obras. d) Estudiar y proponer proyectos de forestación de áreas verdes de la comuna en conjunto con Conaf. e) Fiscalizar la conservación de áreas verdes públicas y privadas de la comuna f) Asesorar al Alcalde en materias relativas a la planificación, gestión y control ambiental en el territorio comunal. g) Velar por el cumplimiento de la legislación ambiental vigente en materias relativas a la protección y manejo racional de los recursos naturales: agua, suelo, aire. h) Elaborar estudios y planes estratégicos ambientales en el marco del Plan de Desarrollo Comunal. i) Elaborar proyectos y programas ambientales en conjunto con el Ministerio de Medio Ambiente y otras reparticiones del Estado. 19 j) Participar en la evaluación ambiental de los proyectos o actividades que se emplacen en el territorio comunal, a través del Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental. k) Fiscalizar la Ordenanza Medio Ambiental comunal. l) Recepcionar denuncias y activar las coordinaciones correspondientes con la Seremia de Medio Ambiente para su adecuada fiscalización, o con los organismos sectoriales competentes, según corresponda. m) Implementar convenios de cooperación para la ejecución de estudios, proyectos y programa relacionados con la gestión ambiental, en alianza con instituciones públicas y privadas. n) Fomentar la educación ambiental en el Sistema Comunal de Educación. o) Desarrollar y coordinar actividades y programas de capacitación en materias ambientales a las organizaciones sociales y comunitarias, así como a los docentes y alumnos de la comunidad educativa comunal. p) Promover y colaborar con toda entidad pública y privada y organizaciones sociales y comunitarias que deseen desarrollar proyectos e iniciativas en beneficio del medio ambiente local. q) Desarrollar una estrategia de conservación y protección de la biodiversidad sustentada en los ecosistemas naturales que existen en el territorio comunal. r) Prevención y control de plagas naturales y artificiales, en colaboración con otros entes del Estado responsables de esa actividad. s) Gestionar Programa Tenencia Responsable de Mascotas de Compañía, perros vagos, Gatos y en general de todos aquellos agentes biológicos, animales o invertebrados que puedan transmitir enfermedades a los habitantes de la comuna, en coordinación con la autoridad sanitaria correspondiente. t) Otras funciones que la ley señale o la autoridad superior le asigne, de conformidad con la legislación vigente.