Municipalidad de Coltauco
ARTÍCULO 118: El programa Jefas de Hogar, tendrá las siguientes funciones: a) Incrementar las condiciones de empleabilidad y disminuir las barreras al empleo, a través de un modelo de intervención integral y personalizada. b) Validar un modelo de intervención de carácter focalizado, participativo y de ejecución local. c) Asesorar en la implementación del modelo y en su adecuación a los ejecutores locales, de modo de transferirles el modelo de intervención validado. d) Desarrollar y apoyar las acciones y estrategias de promoción y difusión del Programa, coordinadamente con los departamentos, unidades y direcciones regionales que se estimen pertinentes. e) Coordinar y gestionar acciones con los sectores público y privado, para generar alianzas estratégicas en beneficio del cumplimiento de metas del Programa. f) Realizar otras tareas vinculadas con sus funciones que el Director/a de Desarrollo Comunitario, Encargado de Departamento, el Administrador Municipal o el Alcalde le encomienden.