Administrador Municipal

Municipalidad de Coltauco


Informacion

ARTÍCULO 22: El Administrador Municipal, tendrá las siguientes funciones: a) Velar por el adecuado cumplimento de la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes y programas de la Municipalidad. b) Ejercer el periódico control de los cronogramas y del avance en el cumplimento de las metas. c) Seguimiento del plan anual de acción municipal. 12 d) Coordinar con las unidades correspondientes en la preparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal y formulación de políticas de gestión interna. e) Ejecutar funciones de coordinación de todas las unidades municipales por medio de informativos y reuniones de trabajo. f) Establecer una constante comunicación con el personal municipal manteniéndolo informado y actualizado en los planes y proyectos.- g) Estimular el espíritu de superación e interés del personal. h) Fomentar la participación en ideas y proyectos de interés comunal en el personal municipal. i) Presidir y coordinar el funcionamiento de las comisiones y comités que el Alcalde y los reglamentos determinen. j) Supervisar el funcionamiento de los sistemas de informática. k) Coordinar y supervigilar el funcionamiento de las unidades de su dependencia. l) Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente el Alcalde y otras que éste le encomiende. m) Coordinar y supervigilar el funcionamiento de las unidades de su dependencia.

Tramites de la Unidad