Entidad Patrocinante

ARTÍCULO 154: La Oficina Entidad Patrocinante tendrá las siguientes funciones:

Cumple funciones de asistencia técnica y social en el marco de los programas habitacionales dirigidos a los sectores vulnerables. En lo relativo al Fondo Solidario de Vivienda, el principal rol de la Entidad Patrocinante consiste en desarrollar y presentar proyectos habitacionales al MINVU que sean:

  • Técnica y económicamente factibles, ajustados a la normativa vigente.
  • Coherentes con las aspiraciones de las familias.
  • Pertinentes con el propósito de mejorar la calidad de vida de las personas que forman parte del proyecto, insertos en barrios e integrados al entorno.
  • Realizar todas las acciones necesarias para que las familias a las cuales presta sus servicios puedan acceder al subsidio correspondiente a su proyecto de vivienda. Organizar la demanda y desarrollar e implementar el Plan de Habilitación Social.
  • Custodiar los antecedentes que respalden las inscripciones, actualizaciones y pago de subsidios, asegurando su más estricta confidencialidad.
  • Entregar la información que requiera el MINVU y/o el Director del SERVIU.
  • Asegurar la aplicación del ahorro comprometido en el financiamiento de los proyectos.
  • Asesorar en la obtención del crédito a las familias que lo requieran.
  • Asegurar la obtención de los aportes de terceros, si los hubiera.

Funciones en relación a los proyectos:

  • Velar por el correcto desarrollo del proyecto: desde los antecedentes para la postulación, hasta la conclusión y recepción de las obras, inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y entrega de las viviendas a las familias.
  • Cuando se trata de proyectos colectivos, obtener la personalidad jurídica del grupo.
  • Obtener el permiso de edificación y demás aprobaciones y/o factibilidades necesarias para la ejecución de las obras y posterior recepción de las mismas.
  • Presentar los proyectos de arquitectura e ingeniería, incluyendo los de loteo, urbanización, materialidad de la vivienda, alternativas de ampliación futura y presupuesto detallado del proyecto.
  • Informar y obtener la aprobación de las familias de los posibles cambios que pueda sufrir el proyecto.
  • Contratar a la empresa constructora que ejecutará las obras.
  • Establecer en el contrato que la empresa constructora deberá aplicar obligatoriamente la metodología de gestión y control de calidad del Manual de Inspección Técnica de Obras del MINVU.
  • Establecer en el contrato con la empresa constructora un servicio de postventa en obra, durante los 30 días siguientes a la entrega de las viviendas.
  • Organizar y participar trimestralmente en la mesa de seguimiento de cada proyecto habitacional, para informar a las familias beneficiarias sobre su desarrollo.
  • Organizar y participar en la recepción municipal de las viviendas.
  • Preparar las escrituras y realizar los trámites necesarios para las inscripciones correspondientes en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Informar y remitir al SERVIU respectivo copia de los contratos celebrados con beneficiarios o grupos de beneficiarios.

Funciones en adquisición de viviendas construidas:

  • Realizar la calificación técnica, tasación y el estudio de títulos correspondiente de la vivienda a adquirir.
  • Verificar que la vivienda cuente con recepción municipal definitiva, de antigüedad no inferior a 2 años, y que su tasación cumpla con lo exigido en el reglamento. Esta exigencia no rige en el caso de adquisición de vivienda nueva.
  • Preparar la promesa de compraventa y el contrato de compraventa.
  • Realizar los trámites necesarios para la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.