ARTÍCULO 34: La Oficina de Medio Ambiente, Aseo y Ornato tendrá las siguientes funciones:
- Velar por la eficiente recolección y disposición final de la basura domiciliaria, industrial y comercial.
- Velar por el aseo de las vías públicas y, en general, de los bienes municipales y nacionales de uso público existentes en la comuna.
- Realizar labores inspectivas relacionadas con escombros en la vía pública producto de la ejecución de obras.
- Estudiar y proponer proyectos de forestación de áreas verdes en la comuna, en conjunto con CONAF.
- Fiscalizar la conservación de áreas verdes públicas y privadas en la comuna.
- Asesorar al Alcalde en materias relativas a la planificación, gestión y control ambiental del territorio comunal.
- Velar por el cumplimiento de la legislación ambiental vigente, en materias de protección y manejo racional de los recursos naturales como agua, suelo y aire.
- Elaborar estudios y planes estratégicos ambientales, en el marco del Plan de Desarrollo Comunal.
- Desarrollar proyectos y programas ambientales en conjunto con el Ministerio del Medio Ambiente y otros organismos del Estado.
- Participar en la evaluación ambiental de proyectos o actividades emplazadas en el territorio comunal, a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Fiscalizar el cumplimiento de la Ordenanza Medioambiental Comunal.
- Recepcionar denuncias y coordinar con la SEREMI del Medio Ambiente u otros organismos competentes para su adecuada fiscalización.
- Implementar convenios de cooperación para ejecutar estudios, proyectos y programas ambientales, en alianza con instituciones públicas y privadas.
- Fomentar la educación ambiental en el sistema comunal de educación.
- Desarrollar y coordinar actividades y programas de capacitación en temas ambientales, dirigidos a organizaciones sociales, docentes y estudiantes de la comuna.
- Promover y colaborar con entidades públicas, privadas y organizaciones sociales que deseen desarrollar iniciativas en beneficio del medio ambiente local.
- Desarrollar una estrategia de conservación y protección de la biodiversidad, sustentada en los ecosistemas naturales existentes en el territorio comunal.
- Ejecutar acciones de prevención y control de plagas naturales y artificiales, en colaboración con los organismos del Estado responsables.
- Gestionar el Programa de Tenencia Responsable de Mascotas de Compañía (perros, gatos, entre otros), así como de cualquier otro agente biológico o animal que pueda representar riesgo sanitario para los habitantes, en coordinación con la autoridad sanitaria correspondiente.
- Cumplir otras funciones que la ley señale o que la autoridad superior le asigne, conforme a la legislación vigente.